Organización
Estructura institucional
La Abogacía del Estado está compuesta por la Abogacía General , los Abogados de Distrito y la Comisión Consultiva (véanse los artículos 18 del Real Decreto 1611/1933 y 26 de la Ley 103/79).
El Ministerio Público tiene su sede en Roma, mientras que los Fiscales de Distrito tienen sede en cada capital de región y, en todo caso, donde se establezcan las sedes de los tribunales de apelación.
En la circunscripción del Tribunal de Apelación de Roma, los poderes del fiscal de distrito son ejercidos por el Fiscal General del Estado. En la jurisdicción del tribunal de apelación de Turín, el fiscal de distrito de Turín también tiene jurisdicción sobre el Valle de Aosta.
Organización administrativa
La Abogacía del Estado también tiene su propia organización administrativa; de hecho, el cumplimiento de las tareas institucionales presupone la existencia de estructuras que apoyen a los abogados y procuradoras en el ejercicio de sus actividades.
El funcionamiento del Instituto depende también de la adopción de medidas de diversa índole en relación con el personal profesional (por ejemplo, la cesión de oficinas de servicio o traslados); finalmente, están las actividades relativas a la relación laboral que vincula al personal (profesional y no profesional) con la AP.
En la actualidad, las funciones administrativas las ejercen, además del Abogado General, los siguientes órganos: Secretario General, Consejo de la Abogacía y la Abogacía del Estado, Consejo de Administración. También hay algunas oficinas administrativas en la Abogacía General.