Accesibilidad y Catálogo de datos, metadatos y bases de datos

Última actualización:02-09-2021 03:45:35

Catálogo de datos, metadatos y bases de datos

La obligación de publicar el catálogo de datos, los metadatos definitivos y las correspondientes bases de datos en poder de las administraciones, de conformidad con el art . El apartado 1 del artículo 9 bis es competencia de las Administraciones públicas titulares de las bases de datos a que se refiere el anexo B, entre las que no se encuentra la Abogacía del Estado.

Reglamento

Dado que la Administración no tiene la obligación de publicar el catálogo de datos, los metadatos definitivos y las bases de datos correspondientes, tampoco rige la obligación de desarrollar la normativa que regula el ejercicio del derecho de acceso electrónico y la reutilización de los datos.

Objetivos de accesibilidad

Premisa

Artículo 9, párrafo 7, del decreto-ley 18 de octubre de 2012, n. 179 (reformado por la ley n. 221 de 17 de diciembre de 2012 ) establece que, antes del 31 de marzo de cada año, las administraciones públicas a que se refiere el artículo 1 - apartado 2 - del decreto legislativo n. 165, están obligados a publicar anualmente los objetivos de accesibilidad en su sitio web.
El decreto legislativo 14 de marzo de 2013 n. 33 reorganizó las obligaciones de publicidad, transparencia y difusión de la información de las administraciones públicas. El artículo 6 del decreto prevé indicaciones específicas sobre la calidad de la información y los datos , mencionando entre estos la accesibilidad y vinculándola a las características del formato abierto y la reutilización (artículo 7) y al derecho de acceso ciudadano (artículo 5) como una dimensión universal.

Información general sobre la Administración

Nombre de la administración Abogado del Estado
código API anuncio
Tipología Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerios y Abogacía del Estado
dirección PEC roma@mailcert.avvocaturastato.it
Sitio web http://www.avvocaturastato.it
región Lacio
provincia RM
común Roma

Objetivos de accesibilidad para el año 2019 de la Abogacía del Estado
Redactado de conformidad con el artículo 9, párrafo 7 del decreto ley 18 de octubre de 2012, n. 179.

Objetivos de accesibilidad para el año 2018 de la Abogacía del Estado
Redactado de conformidad con el artículo 9, párrafo 7 del decreto ley 18 de octubre de 2012, n. 179.