Resumen de las razones de aceptación o rechazo parcial
Dado que la solicitud no indicó si fue formulada de conformidad con la Ley 241/1990 o el Decreto Legislativo n. 33 de 2013, sin embargo se aclaró que se trata de un dato no sujeto a publicación, ni en ningún caso relevante respecto de la protección de la posición jurídica de la misma que como parte de la sentencia tuvo pleno acceso a todos los escritos de defensa presentados en cuestión por la Fiscalía del Estado, como defensor público siendo irrelevante la persona del abogado único que intervino en la audiencia, también por lo dispuesto en el art. 1 del Real Decreto 1611/1933, que no exige ningún mandato u otra formalidad para estas actividades. Por esta razón, también se ha aclarado que se trata de un dato que no está en posesión de la Avvocatura ya que la participación en la audiencia se produce sobre la base de una rotación interna definida a modo de práctica informal que no es posible después de un largo tiempo verificar ni recordar.