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Última actualización:30-05-2023 02:55:00

El arte. 1 -bis , párrafo 2, del Decreto Legislativo 31 de diciembre de 2020, n. 183 (modificado por el art. 10, párrafo 11-bis, letras a) yb), Decreto Legislativo 1 de abril de 2021, n. 44, convertido, con modificaciones, por la Ley 28 de mayo de 2021, n. 76.) que contiene Disposiciones sobre la contratación de personal en las administraciones públicas”, establece que:

“En espera de la conclusión del procedimiento concursal” a que se refieren los períodos anteriores del mismo artículo, destinado a la selección y contratación de personal administrativo y directivo, “y, en todo caso, a más tardar el 31 de diciembre de 2022, la Abogacía del Estado está autorizada para hacer uso de expertos en posesión de competencias específicas y elevadas en el desarrollo y gestión de proyectos y procesos de transformación tecnológica y digital, mediante la realización de un máximo de cinco encargos individuales, con un contrato de trabajo independiente con una duración máxima de doce meses, de conformidad con el artículo 7, párrafo 6, del decreto legislativo 30 de marzo de 2001, n. 165, con cargo a los recursos a que se refiere este apartado, para un gasto máximo de 438.872 euros”. En virtud de lo anterior, la misma disposición prevé también que “la contratación de 10 unidades en el Área III, posición económica F1, incluidas las 5 unidades con especialización profesional particular a que se refiere el segundo período, se realice con efectos no antes del vencimiento de los citados contratos de trabajo por cuenta propia".

Las expresiones de interés pueden enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico certificada: ufficio10.ced@mailcert.avvocaturastato.it

Cabe señalar que a los efectos de conferir el encargo, sólo se examinarán las manifestaciones de interés presentadas en el último año.